De acuerdo al fallo del Juez Ramiro Guerrico en respuesta a la apelación de las autoridades de la Cooperativa, durante este año, las autoridades deben llamar a elecciones.
Si bien la resolución judicial desafecta la pretensión del municipio respecto al llamado a elecciones con el estatuto vigente (al día de la solicitud), en la misma se establece que se debe llamar a elecciones durante el año en curso. En este caso con el Estatuto nuevo de la CELP, que entre otras cosas permite la reelección indefinida del Presidente del Consejo Directivo.
De acuerdo a notas periodísticas en medios de la ciudad, el actual presidente de la entidad Roberto Zucarelli se comprometió a llamar a elecciones apenas esté aprobado el nuevo estatuto de la institución. Eso está cumplido y ahora también es una exigencia del Poder Judicial.
Entendemos que la fecha debería ser inminente (durante lo que queda de noviembre) dado que se acercan las fiestas de fin de año, y los primeros días de diciembre con el mundial de futbol. Aunque si las autoridades consideran que es bueno para cambiar el foco de atención, es probable que así sea.
Que dice el Fallo:
Se da a lugar al pedido de levantamiento de la medida cautelar en función del cambio de estatuto vigente.
El estatuto de una entidad asociativa es una regla de derecho general (en relación a la vigencia del nuevo estatuto). Por la presentación y aceptación por parte del INAES.
El reformado artículo 36 dispone que las elecciones se realizarán cada año.
Que cambia el nuevo estatuto:
Básicamente es un poco más flexible a la hora de elegir los delegados, porque son casi cuatro veces menos en cantidad respecto al estatuto anterior.
Ahora es mucho más rígida la condición para votar. Es decir, requiere un año de antigüedad y un medidor con efectivo uso. Lo cual, deja afuera a miles de ciudadanos que tienen deuda con la cooperativa.
Por supuesto, la principal razón por la cual se cambió el Estatuto, es la reelección indefinida del presidente del Consejo de Administración. Cuestión que estaba limitada con el anterior.
