En 2016 la Legislatura provincial promulgó una ley que limitó las reelecciones indefinidas en la Provincia de Buenos Aires.
Básicamente el texto pone límite a consejeros escolares, concejales, diputados y senadores provinciales e intendentes, que podrán ser reelectos sólo por un período para el mismo cargo.
Es decir, dos mandatos consecutivos; y podrán volver a postularse al mismo cargo sólo si esperan el intervalo de un período.
En la misma norma se estableció que el mandato vigente se computará como uno. Es decir, se computaba el mandato 2015-2019. En la reglamentación de la misma norma, no queda claro cómo se computa un mandato, es decir, cuanto tiempo tiene que estar un intendente (por ejemplo) en su cargo para que sea tomado como mandato.
Desafortunadamente el texto de la reglamentación ha dado lugar a atajos que han aprovechado varios líderes de distritos bonaerenses importantes.
El artículo sexto de la Ley 14.836 determina que más de dos años se toma como un mandato y ahí está el camino por el que se puede sortear esa limitación de la legislación.
En conclusión, un intendente que ha tomado licencia un día antes de cumplidos los dos años, no se computará como mandato cumplido, y podía reelegirse indefinidamente.
Antes del 10 de diciembre de este año: veinte intendentes de la Provincia de Buenos Aires tomaron licencias.
Los últimos dos fueron Gustavo Méndez de Merlo y Cecilio Salazar de San Pedro. Motivo por el cual ya estaban habilitados a competir en las elecciones ejecutivas de 2023.
Esta situación, en el marco de la cultura política argentina, posibilita a que los intendentes puedan poner como primer concejal a una persona de confianza, y así sucesivamente pueden ser reelegidos si no ejecutan en persona los dos años de mandato.
Por otro lado, están quienes se expresan en total disconformidad con el tope a las reelecciones fundados en el derecho constitucional y en la autonomía de los municipios.
Con el argumento que, en definitiva, es la gente la que vota y en consecuencia el interés reeleccionario se sustenta en la voluntad popular.
La libertad de elección entre personas que se candidatean y los votantes que los eligen por mayoría es la naturaleza de la democracia.
Lo cierto es que la norma, así como está, habilita atajos que no están en el espíritu de la ley. Así como tampoco una ley puede establecer su retroactividad sobre un tema de fondo especialmente de carácter constitucional.
En conclusión: No parecería correcta la interpretación de reelecciones indefinidas, eso eterniza una forma de hacer política que no le hace bien al sistema.
La no retroactividad de las leyes consagradas en el texto Constitucional es un bien a proteger, especialmente cuando no nos guste.
Tampoco se pueden permitir trampas al sistema; se estableció que el período son los años que corresponden, de manera independiente a que el intendente se tome licencia.
Los bonaerenses deben corregir una legislación antes que estos atajos provoquen una injusticia.
Es necesario mejorar esa Ley para lograr la máxima aspiración de esa legislación: brindar calidad institucional a la legislación de la provincia de Buenos Aires.
El texto de la Ley y su Decreto reglamentario han dado lugar a estos atajos que no estaban previstos en la misma.
Esa legislación no se ha sancionado para utilizar estos atajos que ya varios políticos han tomado para beneficiarse en las próximas elecciones y lo pueden hacer indefinidamente.
Es decir, no se puede terminar con las reelecciones indefinidas de los políticos que era el espíritu de la Ley. Se la sancionó para establecer un límite al que han logrado sobrepasar sin violar o infringir a la legislación.
Los intendentes que han pedido licencia antes del 10 de diciembre se van a poder presentar a elecciones en 2023 y los que cumplen con su mandato popular para trabajar para sus comunidades no lo van a poder hacer por más que hagan la mejor gestión y se comprometan con sus vecinos.
Todos los intendentes deben estar en igualdad de condiciones con una legislación sin posibilidad de atajos.
La restricción de los mandatos populares oxigena la política y mejora a los dirigentes porque permite la alternancia, evita los nocivos personalismos y genera la renovación permanente de ciudadanos para representar a la comunidad.
Pero también la política necesita que todos los protagonistas tengan las mismas posibilidades y no que los que se han cortado camino logren mejores resultados que los que han corrido toda la carrera o hayan completado todo el recorrido.
El decreto reglamentario de 2019 vulnera el espíritu de la ley de la ex gobernadora María Eugenia Vidal de 2016, por lo que es necesario enmendar el error y evitar que los intendentes de Juntos por el Cambio (JxC) queden en desventaja frente a del Frente de Todos que tomaron el atajo de pedir licencia.
Nadie aboga por las reelecciones indefinidas; pero es necesario corregir ese error que a todas luces habilita a que se cometa una injusticia.
Los senadores provinciales Juan Pablo Allan y Joaquín De la Torre han logrado poner en debate un proyecto en la Legislatura bonaerense que establece un cerrojo, en dos gestiones comunales consecutivas, porque determina que aunque haya transcurrido un día del segundo mandato, ya se cuenta como mandato completo.
En la reforma que proponen establecen claramente que los intendentes, concejales, consejeros escolares, diputados y senadores provinciales pueden ser elegidos por dos períodos consecutivos ya sea que hayan completado parcial o completamente los mandatos populares.
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